PRIISTAS PLANTEAN ESTABLECER LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA EN SALUD.

El grupo parlamentario del PRI en el Congreso del Estado propuso establecer la objeción de conciencia entre el personal médico y de enfermería, a fin de que puedan excusarse de participar en la prestación de servicios, con la excepción de aquellos casos donde  no se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

Al presentar la Iniciativa ante la Oficialía de partes de la XLIII Legislatura, donde se proponen adiciones a la Ley General de Salud, la Dip. Guadalupe Iribe Gascón señaló que el plazo para adecuar las Leyes estatales a la federal se venció en noviembre pasado, de allí la urgencia de aprobar, cuanto antes, estas nuevas adecuaciones.

Aclaró que esta nueva disposición, de ninguna manera representa un obstáculo para el acceso oportuno y de calidad en la atención de la salud de las personas que así lo requieran, sino solamente es un derecho reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

“Insistimos en que la objeción de conciencia implica matices, que deben traducirse en garantías para que los servicios médicos nunca sean negados, y establezcan la referencia inmediata de quién requiere el servicio con otro prestador u otra prestadora, que sí pueda atenderlo o suministrarlo”, manifestó la legisladora en su intervención.

Iribe Gascón  manifestó también la necesidad de establecer reglas para que toda institución médica cuenta con personal no objetor  en todas las instalaciones de atención médica, a fin de que esta medida obedezca a una decisión individual del personal de salud involucrado en procedimientos médicos, y que la misma se ejerza de forma justificada.

“Estaremos atentos a que la Iniciativa sea debidamente tratada, mediante el proceso legislativo correspondiente, anticipando que el tema de la objeción de conciencia debe entenderse y atenderse desde la perspectiva de la progresividad de los derechos humanos.

“Tenemos la certeza de que legislar en materia de objeción de conciencia significa insertar a Sinaloa en la tendencia mundial de las reformas de nueva generación en la agenda de los derechos humanos”,  manifestó la legisladora local del PRI.

  • Posicionamiento de la Dip. Guadalupe Iribe Gascón

Sobre la Objeción de Conciencia del personal de salud

  1. Congreso del Estado de Sinaloa.

Culiacán, Sin., 14 de mayo de 2019.

Con su permiso, Diputado Presidente; Compañeras Diputadas y Compañeros Diputados; Amigas y Amigos de los medios de comunicación; Distinguida concurrencia:

En el mes de mayo del año pasado, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se adiciona un artículo 10 Bis a la Ley General de Salud. Lo relevante de tal publicación es su tema. Ya que establece que el personal médico y de enfermería que forma parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y con ello excusarse de participar en la prestación de los servicios de salud establecidos en dicha Ley. Lo anterior, como no podría ser de otra forma, con las debida excepciones; como son los casos en que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

Esa disposición, amplía el derecho a la libertad de conciencia, reconociendo la objeción de conciencia como su derivada. En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, reconocemos que la objeción de conciencia surge de la interpretación del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, que actualmente contempla el artículo 24 Constitucional. Asimismo, reconocemos que tal postulado no solo se contiene en nuestra Constitución, sino que obedece a reconocimientos prestablecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos. De ahí la trascendencia de la reforma y su necesario desarrollo legislativo local.

Como diputados de esta 63 Legislatura, estamos ciertos que el ejercicio de este derecho de objeción de conciencia, bajo ninguna circunstancia debe representar un obstáculo para el adecuado acceso oportuno y de calidad en la atención de la salud de las personas que así lo requieran en nuestro estado. Para tratar el tema de la objeción de conciencia, se requiere primero reconocer que los tiempos apremian, en tanto el ámbito temporal indicado para efectuar las adecuaciones normativas feneció en noviembre pasado. Esto, porque el decreto federal correspondiente dispuso 180 días para adecuar la legislación secundaria respectiva.

En este sentido, el día de hoy, el GPPRI presentó una Iniciativa ante la oficialía de partes de esta XLIII Legislatura, con el objeto de adicionar nuestra la Ley de Salud en el tópico que hemos tratado. Esta Iniciativa, y la aportación que podremos entregar en el trabajo en Comisiones, puede redireccionar la conducta omisa de este Congreso en el tratamiento de una disposición del Congreso de la Unión. Estaremos atentos a que la Iniciativa sea debidamente tratada, mediante el proceso legislativo correspondiente, anticipando que el tema de la objeción de conciencia debe entenderse y atenderse desde la perspectiva de la progresividad de los derechos humanos.

Insistimos en que la objeción de conciencia implica matices, que deben traducirse en garantías para que los servicios médicos nunca sean negados, y establezcan la referencia inmediata de quién requiere el servicio con otro prestador u otra prestadora, que sí pueda atenderlo o suministrarlo. Deben establecerse reglas para que toda institución de atención de médica, cuente con personal no objetor en todas las instalaciones de atención médica. De esta forma, lo que se busca es que la objeción de conciencia obedezca a una decisión individual del personal de salud involucrado en procedimientos médicos, y que la misma se ejerza de forma justificada. Tenemos la certeza de que legislar en materia de objeción de conciencia significa insertar a Sinaloa en la tendencia mundial de las reformas de nueva generación en la agenda de los derechos humanos.

Deja un comentario