
Culiacán, Sinaloa. A 18 de diciembre de 2025.- Como parte de una estrategia integral para proteger a mujeres, niñas, niños y adolescentes en estos espacios, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó un Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal de la entidad, así como de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, para establecer la revocación de licencias de conducir para choferes del transporte público que sean condenados por el delito de acoso sexual.
La reforma adiciona un último párrafo al artículo 185 Bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa y modifica diversas disposiciones de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial. Con esta medida, los conductores sentenciados por acoso sexual no podrán obtener nuevamente su licencia en ninguna de sus modalidades hasta por un término de cinco años, contados a partir del momento en que hayan cumplido con la pena privativa de libertad o esta se hubiera tenido por cumplida.








