65 Legislatura da lectura a cuatro nuevas iniciativas en la Sesión de hoy

Culiacán, Sinaloa. A 20 de enero de 2026. Diputadas y diputados de la 65 Legislatura dieron lectura este martes en su Sesión Ordinaria a cuatro nuevas iniciativas que proponen diversas reformas y adiciones a distintas leyes.

Las iniciativas leídas son las siguientes:
*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de incorporación del lenguaje incluyente y erradicación de la discriminación.

Las y los promotores de la iniciativa consideran impostergable adherir al marco constitucional el lenguaje incluyente, ya que actualmente la Constitución local adopta casi en su totalidad un lenguaje jurídico androcentrista, que ha utilizado el género masculino para referirse a la población en general.

Es por ello, se precisan, resulta necesario empoderar y visibilizar a las mujeres como titulares de derechos, así como su distinción en cargos históricamente ocupados por hombres.

Señalan que con las adecuaciones a la redacción de la norma al amparo de los principios de igualdad sustantiva y no discriminación, se disminuye la ambigüedad y facilita su interpretación.

Ello, sobre la base de que de manera directa las modificaciones al texto constitucional influyen en la visibilización de las personas sujetas de derechos, así como en el reconocimiento de la diversidad cultural y social.

“De ahí que, en los tiempos de transformación que actualmente se vive en nuestro país y en Sinaloa, sea necesario refrendar el trato igualitario entre mujeres y hombres, así como garantizar los mismos derechos, sin discriminación”, exponen.

*Iniciativa del diputado Hólincer Castro Marañón, de Morena, que propone adicionar la fracción V al artículo 314 del Código Penal, y adicionar el artículo 123 Bis a la Ley de Educación, así como adicionar el artículo 56 Bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa, en materia de sancionar las denuncias falsas y proteger la estabilidad laboral del personal docente frente a quejas infundadas.

El diputado promovente fundamenta su propuesta en que en los últimos años se ha incrementado el uso de denuncias falsas, acusaciones sin sustento y campañas de desprestigio dirigidas hacia personal docente, muchas veces con el objetivo de generar presión, manipulación, represalias internas o incluso intereses ajenos a la labor educativa.

La adición al Código Penal que se propone establece que:
“Al que formule una denuncia falsa contra profesionistas o persona en su ejercicio de una actividad regulada ante la autoridad administrativa, o de supervisión profesional imputándole hechos falsos o inexistentes en el desempeño de su profesión, oficio o función sabiendo que dichos hechos no ocurrieron o sin contar con elementos mínimos de veracidad se le impondrá:
a) Prisión de uno a cinco años;
b) Multa de cincuenta a doscientos días multa; y
e) La reparación integral del daño moral y profesional causado”.
Asimismo, se propone incluir que como consecuencia de la denuncia falsa la persona que haya sido suspendida, cesada o inhabilitada de su cargo o afectada en su reputación profesional o personal la pena se incrementará hasta en una mitad.

En lo que se refiere a la Ley de Educación, el artículo 123 Bis que se propone adicionar, establece que:
“Las autoridades educativas y administrativas del sistema educativo estatal garantizarán que cualquier denuncia, queja, reporte o señalamiento formulado contra el personal docente con motivo del ejercicio de sus funciones sea atendido sin afectar injustificadamente su estabilidad laboral, integridad profesional ni derechos humanos,”.

*Iniciativa de la diputada Juana Minerva Vázquez González, de Morena, que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa, en materia de Parlamento Abierto.

La diputada promovente señala que el principal objetivo de su iniciativa es fortalecer el modelo de Parlamento Abierto, estableciendo que el Congreso del Estado se rige por sus principios y que las instalaciones, sesiones y reuniones sean públicas y accesibles.

Asimismo, se propone que las diputadas y diputados en el ejercicio de sus funciones, promuevan la participación ciudadana en la toma de decisiones.

De  igual manera se busca que las reuniones de las Comisiones Permanentes se desarrollarán con base en los principios de Parlamento Abierto y para permitir que los ciudadanos asistentes puedan hacer uso de la voz en las mismas, previa autorización de la presidenta o presidente de la Comisión.

La iniciativa también limita los casos en que pueden realizarse Sesiones Secretas, únicamente para los casos de juicios políticos y declaraciones de procedencia.

En relación con la Gaceta Legislativa, se propone transformarla de un medio informativo electrónico interno a un medio electrónico oficial del Congreso, ampliando la lista de asuntos que deben publicarse, incluyendo los órdenes del día de las Sesiones y de las reuniones de las Comisiones, actas de reuniones de Comisiones, Decretos del Pleno, Acuerdos de la JUCOPO, informe anual del ejercicio presupuestal, comunicaciones oficiales, solicitudes de licencia y el registro de asistencia de las diputadas y diputados, garantizando además que el orden del día y dictámenes se publiquen al menos 24 horas antes de la Sesión correspondiente para permitir acceso oportuno tanto a legisladores como a la población.

*Iniciativa de la diputada Moncerrat López López, del PT, que propone adicionar un tercer párrafo al artículo 231 del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de agravantes al delito de extorsión y se propone elevar hasta la mitad de la pena establecida para el delito de extorsión, que actualmente es de cuatro a 12 años, para el caso de “cobro de piso”.

El contenido actual del artículo 231 establece que:
“Al que procurándose para sí o para otro un lucro indebido, obligue a una persona a realizar u omitir un acto en perjuicio de su patrimonio o al de un tercero, se le impondrá prisión de cuatro a doce años y de doscientos a cuatrocientos cincuenta días multa”.

En un segundo párrafo se establece que:
“Si la extorsión es realizada por una asociación delictuosa, o por servidor público, de cualquier ámbito de la administración pública o corporación policíaca, la pena se aumentará en una mitad; además, de la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación para desempeñar ese u otro empleo, cargo o puesto público hasta por cinco años. Las mismas sanciones previstas en este párrafo, se aplicarán a quien habiendo sido servidor público realice la extorsión dentro de los tres años siguientes contados a partir de que concluyó la prestación de su servicio”.

La propuesta de la diputada Moncerrat López es agregar un tercer párrafo, cuyo contenido es el siguiente:
“Cuando la extorsión se realice mediante la modalidad conocida como cobro de piso, entendida esta como la exigencia de pagos periódicos a comerciantes, transportistas, productores o prestadores de servicios para permitirles desarrollar su actividad, la pena prevista en este artículo se aumentara hasta en una mitad”.

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