De Golpe Bajo Por Francisco Rocha García

Agrede y suplanta códigos reforma fiscal de Sinaloa

Coincidieron Contadores de Culiacán y consultores

Es una “maraña” compleja: Adalberto Sánchez Cruz

No permite presunción de inocencia, dice Bernardo

Extinción de Dominio, repugna: Antonio Rubio Aguirre

En la Asociación Regional de Contadores Públicos, Colegio Culiacán, la directiva, los conferenciantes, asi como los socios oyentes tienen un consistente punto de coincidencia: que las últimas reformas fiscales, son una maraña compleja de entender, que suplanta la persecución y el castigo de delitos previstos en el Código Penal y que la Ley de Extinción de Dominio –aunque se aplica por la corrupción existente- “es repugnante”.

En la sesión desayuno semanal del viernes seis de marzo, el presidente del Consejo Directivo del Colegio Culiacán, Adalberto Sánchez Cruz al abrir el encuentro dijo que el contador público, que logre desentrañar esa complejidad, será el que perdurará en la actividad.

Y urgió a los socios a trabajar en lo sucesivo en alianza con abogados y con quienes tengan de una manera u otra, injerencia y participación en estas labores.

Renato Apolonio Vega Labrada, apuntó que las reformas fiscales en Sinaloa presentan una tendencia a presionar a los contribuyentes y a afectar el patrimonio de las personas físicas y morales.

“No estoy de acuerdo” en que señalen ilícitos que ya están en el Código Penal, estableció.

Condenó que los esquemas contables o lo que se denomina planeaciones, obligan a la revisión por las autoridades hacendarias, no solo en lo que se refiere a los periodos actuales, sino a los anteriores.

Porque el problema que se incorpora a esta clase de operaciones, es que se otorgan más herramientas para que los funcionarios fiscales “ausculten” hasta las cuentas bancarias.

Como en el caso de defraudación fiscal, en el que no se necesitará presunción de inocencia para actuar contra un causante. Son prácticas arbitrarias y muy violentas, destacó el especialista en la materia

Y si no entregas la declaración cada mes, aunque sea por razones de imposibilidad o por error, “ya cometes el delito de evasión fiscal”.

Es como que las autoridades realizan actos contra el tiempo para que incurras en equivocaciones, advirtió.

En base a lo que plantea el artículo 92 del Código Fiscal de Sinaloa, hasta una falla aritmética te lleva a la comisión de un ilícito y aunque la acción se enfoca contra las empresas generadoras de facturas o a las que practican el outsourcing, ocasiona la incertidumbre en empresarios de otros giros.

Por su parte, Jesús Antonio Rubio Aguirre quien expuso también como invitado especial del Colegio Culiacán, en relación a la Ley de Extinción de Dominio, indicó que ésta es agresiva y la impulsan un conjunto de casuísticas.

Pese a que se aprobó y se diseñó por la influencia del acontecer social, como el fenómeno de la corrupción y prácticas como el secuestro, la extorsión y la delincuencia organizada, entre otras figuras delictivas, realmente “pagan justos por pecadores”.

Como en el caso de los arrendadores y arrendatarios de un bien inmueble, basta con que se cometa un delito por el primero sin que tenga culpa el segundo para que lo penalicen o castiguen. Es por tanto, que repugna la Ley de Extinción de Dominio.

Ambos consultores empresariales y abogados tributarios, abordaron el tema “La defraudación fiscal, la extinción de dominio y la afectación del patrimonio de las personas físicas”.

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